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Subdirección de Desarrollo Sostenible y Navegación

Son funciones de la Subdirección de Desarrollo Sostenible y Navegación, las siguientes:

1. Ejecutar las obras tendientes a la recuperación de la Navegación y Actividad Portuaria del Río, la elaboración y ejecución de proyectos de adecuación de tierras, avenamiento y control de inundaciones, la ejecución de proyectos de generación y distribución de energía y las obras que permitan el aprovechamiento de los recursos naturales renovables.

2. Elaborar estudios e investigaciones que permitan mejorar la formulación y orientación de los programas para el manejo, conservación, protección, recuperación y aprovechamiento de los recursos naturales renovables y del medio ambiente, y para la adecuación y conservación de tierras de la cuenca, que sean de competencia de la Corporación y la recuperación integral del Río Grande de la Magdalena.

3. Determinar las necesidades del equipo portuario, su adquisición y puesta en funcionamiento.

4. Apoyar a la Dirección Ejecutiva de la Corporación en la definición de las políticas sectoriales y en el planeamiento portuario, que incidan en los objetivos y funciones de la Institución.

5. Coordinar la ejecución o ejecutar directamente, o en asocio con otros entes públicos y privados, proyectos de irrigación y avenamiento, en coordinación con los organismos del sistema nacional de adecuación de tierras, conforme a las disposiciones legales y a las previsiones técnicas correspondientes.

6. Promover y desarrollar la participación comunitaria en actividades encaminadas a una adecuada explotación de los recursos ictiológicos y demás recursos naturales renovables que brinda el Río Grande de la Magdalena.

7. Impulsar, en coordinación con las entidades territoriales la ejecución, administración, operación y mantenimiento de proyectos y programas de desarrollo sostenible y obras de infraestructura cuya realización sea necesaria para la defensa y protección de los recursos naturales renovables y para la descontaminación del Ambiente.

8. Apoyar al Director Ejecutivo en las funciones de Navegación y Actividad Portuaria en la totalidad del Río Magdalena y sus conexiones fluviales, en los términos que determine la Ley.

9. Coordinar dirigir y ejecutar conjuntamente con el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo y Corporaciones Autónomas Regionales, todas aquellas actividades encaminadas a la recuperación y preservación de bosques naturales, fauna y flora.

10. Coordinar, dirigir y ejecutar la colocación de estaciones de medición Batimétricas y Telemétricas, que permitan controlar y evaluar la calidad del agua, índices de contaminación, caudal y profundidad del Río.

11. Coordinar, dirigir y ejecutar las políticas del Gobierno nacional en materia de transporte e infraestructura fluvial, de conformidad con los lineamientos establecidos por la Dirección Ejecutiva de la Corporación.

12. Coordinar la elaboración de los inventarios de las condiciones de la cuenca del Río, de las instalaciones portuarias y obras en desarrollo para facilitar la navegación, como dragados, canalizaciones, rellenos hidráulicos, cierre de brazos y encauzamiento y estabilización de orillas.

13. Elaborar estudios planes y programas de inversión en vías fluviales de la jurisdicción, analizar las fuentes de financiamiento para su desarrollo y llevar el control sobre ejecución y avance de las obras.

14. Coordinar los procesos contractuales que correspondan a la subdirección.

15. Ejecutar las obras que se requieran para el desarrollo de las actividades industriales y comerciales de la Corporación

16. Coordinar la consolidación y preparación de los informes que la Corporación deba suministrar en forma periódica a otras entidades, en los temas que le correspondan a la dependencia

17. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

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