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Cormagdalena 9 Actividad Portuaria

Actividad Portuaria

Contratos de Concesión

Concesiones Portuarias

Guía resumida de trámites de Concesiones Portuarias

Solicitud de una Concesión Portuaria

INFORMACIÓN GENERAL DE TRÁMITES

ENTIDAD COMPETENTE: CORMAGDALENA

DEPENDENCIA: SUBDIRECCIÓN COMERCIAL

UNIDAD EJECUTORA: OFICINA DE GESTIÓN Y ENLACE

1. NOMBRE DEL TRÁMITE: Solicitud de una Concesión Portuaria

2. EN QUE CONSISTE EL TRÁMITE:

Si usted es una persona natural o jurídica interesada en solicitar una concesión para hacer uso y goce exclusivo de las Zonas de Uso Público y más específicamente las márgenes del río y zonas accesorias con el fin de desarrollar proyectos portuarios para atender naves mayores mas de 25 Toneladas de Registro Bruto la Nación por medio de la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena – Cormagdalena, podrá otorgar una concesión. Para ello el solicitante deberá, observando el siguiente orden, presentar:

3. REQUISITOS Y DOCUMENTOS A ALLEGAR POR EL PARTICULAR

En original y seis copias:

3.1 Solicitud de Concesión Portuaria, presentada en forma personal o con previo reconocimiento notarial de firmas.

3.2 Sí es persona natural, fotocopia de la cédula de ciudadanía

3.2 Si se trata de una persona jurídica, el correspondiente certificado de existencia y representación legal en original y con una vigencia no mayor de tres meses.

3.4 Si el peticionario no es una Sociedad Portuaria, debe presentar una carta de intención para constituir dicha sociedad, suscrita por el solicitante y los eventuales socios, con indicación de los aportes respectivos. Los suscriptores de dicha carta de intención deberán hacer reconocer sus firmas por un notario.

3.5 La solicitud deberá precisar la ubicación exacta, linderos y extensión del terreno de zonas de uso público margen del río y zonas accesorias que solicita en concesión. De igual forma, de requerirse terrenos adyacentes a los solicitados en la concesión para el desarrollo de proyectos, deberá precisar la ubicación exacta, linderos y extensión y disponibilidad de los mismos:

3.5.1 Plano de localización sectorial de los predios donde se pretende desarrollar en el proyecto en plancha catastral IGAC correspondiente, en escala que permita su estudio.

3.5.2 Plano de levantamiento topográfico y batimétrico del proyecto especificando las Zonas de Uso Público solicitadas y los terrenos adyacentes, precisando ubicación, área, linderos y extensión. Las coordenadas deben estar referenciadas con el sistema de coordenadas del Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC.

3.6 Describir en forma general el proyecto, señalando sus especificaciones técnicas, modalidad de operación, volúmenes y clases de cargas a que se destinará el proyecto.

3.7 Descripción de la estructura de ingresos y egresos de la sociedad y sus proyecciones financieras debidamente sustentadas para los años de la concesión y de igual forma el monto discriminado de las inversiones necesarias para desarrollar el proyecto.

3.8 Informar si se prestarán servicios al público en general.

3.9 Presentar las garantías Pólizas o garantías bancarias que respalden el cumplimiento de las obligaciones de constituirse en una sociedad portuaria, cuando el solicitante no lo sea, y que todas las obras necesarias para el cabal funcionamiento del puerto se iniciarán y terminarán en un plazo preciso. En caso de obtener la aprobación de la solicitud y para el otorgamiento de la misma.

3.10 Presentar ejemplares, debidamente certificados de cuatro 4 avisos de prensa, publicados en la circulación nacional de dos periódicos distintos, dos 2 días distintos, con intervalos de 10 días hábiles entre cada publicación, los cuales deberán contener la información a que hace referencia el numeral 9.8 de la Ley 1 de 1991: “Acreditar que los datos a que se refiere los numerales 9.2, 9.3 y 9.4 así como el sentido general de la solicitud…”.

3.10.1 “9.2 Precisar la ubicación, linderos y extensión del terreno que se pretende ocupar con las construcciones y las zonas adyacentes de servicio.” Ley 1 de 1991.

3.10.2 “9.3 Describir en forma general el proyecto, señalando sus especificaciones técnicas, principales modalidades de operación, y los volúmenes y clase de carga a que se destinará. Ley 1 de 1991.

3.10.3 “9.4 Informar si se prestarán o no servicios al público en general.” Ley 1 de 1991

4. LUGAR DONDE DEBE ACUDIR EL CIUDADANO

Para solicitar una concesión el solicitante deberá presentar, en forma personal o por correspondencia firmada por el solicitante y reconocida notarialmente, a la oficina de Gestión y Enlace de la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena – Cormagdalena, ubicada en la ciudad de Bogotá

D.C., en la Calle 16 No. 9 – 64 piso 7 Edificio Officenter, Teléfonos: 6369108 – 636 9064 – 6369684 – 6369093 Fax: 6369052.

5. PRINCIPALES NORMAS QUE REGULAN EL TRÁMITE

Ley 1 de 1991

Decreto 838 de 1992

Plan de expansión vigente

Decreto 708 de 1992

Ley 856 de 2003

DECRETO 474 DE 2015 del 17 de Marzo: ” Por medio del cual se reglamenta el trámite de solicitud de concesiones para el desarrollo de actividades portuarias previstas en las Leyes 1ª de 1991 y 1242 de 2008.”

6. OTROS DATOS SOBRE EL TRÁMITE:

6.1 LA DEPENDENCIA A LA QUE LE CORRESPONDE REALIZAR LA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DEL TRÁMITELa Dirección Ejecutiva realiza la coordinación del trámite

6.2 EL CARGO QUE RESUELVE EL TRÁMITE

Director Ejecutivo firma resolución de aprobación o negación de la solicitud.

6.3 EL TIEMPO APROXIMADO PARA LA RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE

Tiempo aproximado del trámite 5 meses

6.4. CUANTO TRAMITES DE ESTE TIPO GESTIONA SU UNIDAD ADMINISTRATIVA AL AÑO

En la actualidad se tienen aproximadamente 10 trámites del mismo tipo.

Solicitud Homologación

INFORMACIÓN GENERAL DE TRÁMITES

ENTIDAD COMPETENTE: CORMAGDALENA

DEPENDENCIA: SUBDIRECCIÓN COMERCIAL

UNIDAD EJECUTORA: OFICINA DE GESTIÓN Y ENLACE

1. NOMBRE DEL TRÁMITE: Solicitud Homologación

2. EN QUE CONSISTE EL TRÁMITE:

Sí usted es una persona natural o jurídica que antes de la promulgación de la Ley 1ª. de 1991, recibido autorización bajo cualquier nombre o régimen, para hacer uso y goce exclusivo y temporal de bienes de uso público en las márgenes del río y/o sus zonas accesorias con construcciones de cualquier clase destinada a facilitar el cargue o descargue, mediato o inmediato, de naves, seguirán ejerciendo los derechos que posee. Las obligaciones y derechos que tenía seguirán cumpliéndose en provecho de la Nación, a través de los sistemas que determine CORMAGDALENA, pero deberá acogerse al régimen y mecanismo tarifario previsto en la Ley 1ª, a este proceso se le llama homologación.

Sin embargo, cualquier modificación en los términos en los que se le otorgó la autorización deberá ser aprobada por Cormagdalena. Si el titular de la autorización la estuviere usando para el cargue o descargue de naves mayores, Cormagdalena no aprobará su modificación. Si el titular la estuviere usando para el cargue o descargue de naves menores, la aprobación no se dará sino en el caso de que el solicitante acepte someterse al régimen de embarcaderos de que trata esta ley. Artículo 39 Ley 1ª. de 1991

3. REQUISITOS Y DOCUMENTOS A ALLEGAR POR EL SOLICITANTE:

En original y copia:

1. Solicitud de homologación presentada en forma personal o con previo reconocimiento notarial de firmas.

2. Si es persona natural, fotocopia de la cédula de ciudadanía.

3. Si se trata de una persona jurídica, el correspondiente certificado de existencia y representación legal, en original y con una vigencia no mayor de tres meses y donde conste que la vida jurídica de la misma supere en un año la vigencia de la autorización ha homologar.

4. Fotocopia del acto administrativo que le otorgó el derecho de uso y goce de las zonas de uso público, expedido por la autoridad competente, antes de la entrada en vigencia de la Ley 1ª. de 1991.

5. La solicitud deberá precisar la ubicación exacta, linderos y extensión del terreno de zonas de uso público márgenes del río y zonas accesorias que solicita en homologación.

5.1 Plano de localización sectorial de los predios donde se pretende desarrollar en el proyecto en plancha catastral IGAC correspondiente, en escala que permita su estudio.

5.2 Plano de levantamiento topográfico y batimétrico del proyecto especificando las Zonas de Uso Público solicitadas y los terrenos adyacentes, precisando ubicación, área, linderos y extensión. Las coordenadas deben estar referenciadas con el sistema de coordenadas del Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC.

5.3 Anexar fotocopia de los planos batimétricos de la zona de bajamar y de las zonas accesorias al puerto.

5.4 Descripción de las instalaciones portuarias, con especificaciones técnicas de construcción.

5.5 Inventario y avalúo de las instalaciones portuarias.

5.6 Anexar fotocopia legible del permiso de la autoridad ambiental correspondiente.

5.7 Programa de mantenimiento de las instalaciones durante el término de la homologación.

6. Descripción de la estructura de ingresos y egresos de la sociedad y sus proyecciones financieras debidamente sustentadas para los años de la concesión y de igual forma el monto discriminado de las inversiones necesarias para desarrollar el proyecto.y debidamente sustentados para los años del término de la homologación.

4. LUGAR DONDE DEBE ACUDIR EL SOLICITANTE:

Para solicitar una homologación el solicitante deberá presentar, en forma personal o por correspondencia firmada por el solicitante y reconocida notarialmente a la oficina de Gestión y Enlace de la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena – Cormagdalena, ubicada en la ciudad de Bogotá D.C., en la Calle 16 No. 9 – 64 piso 7 Edificio Officenter, Teléfonos: 6369108 – 636 9064 – 6369684 – 6369093 Fax: 6369052.

5. PRINCIPALES NORMAS QUE REGULAN EL TRÁMITE:

Ley 1ª. de 1991.

Decreto 708 de 1992 “ Por el cual se reglamentas las garantías”

Decreto 838 de 1992 “ Por el cual se reglamenta el régimen de concesiones y licencias portuarias”

Resolución 022 de 1993 “Por la cual se reglamenta el régimen y mecanismos de pago”

Resolución 919 de 1998 “ por la cual se modifica la resolución 366 de 1995”

6. OTROS DATOS SOBRE EL TRÁMITE:

6.1 LA DEPENDENCIA A LA QUE LE CORRESPONDE REALIZAR LA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DEL TRÁMITE,

La Dirección Ejecutiva.

6.2 EL CARGO QUE RESUELVE EL TRÁMITE:

El Director Ejecutivo firma la resolución de aprobación o negación de la solicitud.

6.3 TIEMPO APROXIMADO PARA RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE.

Tiempo aproximado tres 3 meses.

6.4 TRÁMITES DE SOLICITUD DE HOMOLOGACIÓN EN PROCESO

En la actualidad no se están resolviendo trámites del mismo tipo.

Solicitud de una licencia portuaria

INFORMACIÓN GENERAL DE TRÁMITES

ENTIDAD COMPETENTE: CORMAGDALENA

DEPENDENCIA: SUBDIRECCIÓN COMERCIAL

UNIDAD EJECUTORA: OFICINA DE GESTIÓN Y ENLACE

1. NOMBRE DEL TRÁMITE: Solicitud de una licencia portuaria

2. EN QUE CONSISTE EL TRÁMITE:

Si usted es una persona natural o jurídica interesada en solicitar una concesión para hacer uso y goce exclusivo de las Zonas de Uso Público y más específicamente las márgenes del río y zonas accesorias con el fin de desarrollar proyectos portuarios para atender naves menores de 25 Toneladas de Registro Bruto o menos la Nación por medio de Cormagdalena, podrá otorgar una licencia. Para ello el solicitante deberá presentar:

3. REQUISITOS Y DOCUMENTOS A ALLEGAR POR EL PARTICULAR

En original y copia presentar:

3.1 Si se trata de una persona jurídica, el correspondiente certificado de existencia y representación legal en original y con una vigencia no mayor de tres meses.

3.2 La solicitud deberá precisar la ubicación exacta, linderos y extensión del terreno de zonas de uso público márgenes del río y zonas accesorias que solicita en concesión. De igual forma de requerirse terrenos adyacentes a los solicitados en la concesión para el desarrollo de proyectos deberá precisar la ubicación exacta, linderos y extensión de los mismos:

3.2.1 Plano de localización sectorial del lote en la plancha catastral correspondiente.

3.2.2 Plano de Zonas de Uso Público solicitadas y terreno adyacente precisando ubicación, área, linderos y extensión. Coordenadas deben estar referenciadas con el sistema de coordenadas del Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC.

3.3 Describir en forma general el proyecto, señalando sus especificaciones técnicas, principales modalidad de operación, volúmenes y clases de cargas a que se destinará.

3.4 Descripción de la estructura de ingresos y egresos del proyecto a seis años y las proyecciones debidamente sustentadas y de igual forma el monto discriminado de las inversiones necesarias para desarrollar el proyecto.

3.5 Informar si se prestarán servicios al público en general.

3.6 Garantizar todas las obras necesarias para el cabal funcionamiento del puerto se iniciarán y terminarán en un plazo preciso.

4. LUGAR DONDE DEBE ACUDIR EL CIUDADANO

Para solicitar una Licencia Portuaria el solicitante deberá presentar, en forma personal o por correspondencia firmada por el solicitante y reconocida notarialmente, a la oficina de Gestión y Enlace de la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena – Cormagdalena, ubicada en la

ciudad de Bogotá D.C., en la Calle 16 No. 9 – 64 piso 7 Edificio Officenter, Teléfonos: 6369108 – 636 9064 – 6369684 – 6369093 Fax: 6369052.

5. PRINCIPALES NORMAS QUE REGULAN EL TRÁMITE

Ley 1 de 1991

Decreto 838 de 1992

Plan de expansión vigente

Resolución 708 de 1992

6. OTROS DATOS SOBRE EL TRÁMITE:

6.1 LA DEPENDENCIA A LA QUE LE CORRESPONDE REALIZAR LA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DEL TRÁMITE

La Dirección Ejecutiva realiza la coordinación del trámite

6.2 EL CARGO QUE RESUELVE EL TRÁMIT

El Director Ejecutivo firma la resolución de aprobación o negación de la solicitud.

6.3 EL TIEMPO APROXIMADO PARA LA RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE

Tiempo aproximado del trámite 5 meses

6.4. CUANTO TRAMITES DE ESTE TIPO GESTIONA SU UNIDAD ADMINISTRATIVA AL AÑO

En la actualidad no se tienen trámites del mismo tipo.

Solicitud de aprobación o de modificación de reglamento técnico de operaciones

INFORMACIÓN GENERAL DE TRÁMITES

ENTIDAD COMPETENTE: CORMAGDALENA

DEPENDENCIA: SUBDIRECCIÓN COMERCIAL

UNIDAD EJECUTORA: OFICINA DE GESTIÓN Y ENLACE

1. NOMBRE DEL TRÁMITE: Solicitud de aprobación o de modificación de reglamento técnico de operaciones

2. EN QUE CONSISTE EL TRÁMITE:

Sí usted es titular de concesión portuaria o ha homologado cualquier autorización previa a la promulgación de la Ley 1 de 1991, o sea que teniendo tal autorización usted se acogió a los mecanismos de pago de la mencionada ley, deberá presentar, para su aprobación o modificación, ante Cormagdalena

el Reglamento Técnico de Operaciones.

3. REQUISITOS Y DOCUMENTOS A ALLEGAR POR EL PARTICULAR

1. Oficio remisorio del proyecto de reglamento técnico de operaciones para aprobación, firmado por el representante legal del titular de la concesión portuaria y dirigido al Director Ejecutivo.

2. Proyecto de reglamento técnico de operaciones en papel oficio.

3. Proyecto de reglamento técnico en archivo magnético. Formato Word para Windows IBM compatible.

4. Relación del cumplimiento de las demás condiciones técnicas de operación y sus soportes de acuerdo a reglamentación vigente:

4.1. Registro de las instalaciones en la Superintedencia de Puertos y Transporte.

4.2. Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial aprobado por autoridad competente.

4.3. Planes de Contingencia por derrames de cargas manejadas y por accidentes o desastres naturales.

4.4. Planos batimétricos de canal de acceso y zonas accesorias.

5. Descripción debidamente sustentada de las modificaciones. únicamente en caso de modificación

4. LUGAR DONDE DEBE ACUDIR EL CIUDADANO

Para solicitar la aprobación del reglamento técnico el concesionario deberá presentarlo con oficio remisorio, en forma personal o por correspondencia firmada del solicitante, a la oficina de Gestión y Enlace de la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena – Cormagdalena, ubicada en la ciudad de Bogotá D.C., en la Calle 16 No. 9 – 64 piso 7 Edificio Officenter, Teléfonos: 6369108 – 636 9064 – 6369684 – 6369093 Fax: 6369052.

5. PRINCIPALES NORMAS QUE REGULAN EL TRÁMITE

Ley 1 de 1991

Resolución 0071 Superintendencia General de Puertos del 11 de Febrero de 1997

6. OTROS DATOS SOBRE EL TRÁMITE:

6.1 LA DEPENDENCIA A LA QUE LE CORRESPONDE REALIZAR LA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DEL TRÁMITE

La Dirección Ejecutiva

6.2 EL CARGO QUE RESUELVE EL TRÁMITE

El Director Ejecutivo.

La Dirección Ejecutiva devuelve la solicitud en el caso que deba complementarse o corregirse con el fin de aprobarlo.

6.3 EL TIEMPO APROXIMADO PARA LA RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE

Tiempo aproximado del trámite 2.5 meses

6.4. CUANTOS TRAMITES DE ESTE TIPO GESTIONA SU UNIDAD ADMINISTRATIVA AL AÑO

En la actualidad se tienen aproximadamente 5 trámites del mismo tipo

Solicitud de aprobación de garantías

INFORMACIÓN GENERAL DE TRÁMITES

ENTIDAD COMPETENTE: CORMAGDALENA

DEPENDENCIA: SUBDIRECCIÓN COMERCIAL

UNIDAD EJECUTORA: OFICINA DE GESTIÓN Y ENLACE

1. NOMBRE DEL TRÁMITE: Solicitud de aprobación de garantías

2. EN QUE CONSISTE EL TRÁMITE:

Sí usted es titular de una concesión portuaria debe presentar, para su aprobación, garantías que tienen por objeto asegurar, a la Nación – Cormagdalena, el pago de los perjuicios derivado del incumplimiento de las obligaciones contraídas con el estado en los contratos.

3. REQUISITOS Y DOCUMENTOS A ALLEGAR POR EL PARTICULAR

1. Original de las pólizas debidamente diligenciado. La póliza debe cumplir como mínimo con los siguientes requisitos:

Que la compañía de Seguros de acuerdo a la Ley, esté legalmente constituida para funcionar en Colombia.

Que el nombre del TOMADOR, sea el mismo del solicitante, ya sea ente jurídico o particular.

Que la dirección del tomador sea la misma registrada en la de Constitución y Gerencia, registrada ante la Cámara de Comercio.

Que el NIT, corresponda al asignado por la Dirección Nacional de Impuestos DIAN

Que el asegurado y beneficiario sea: LA CORPORACIÓN AUTONOMA REGIONAL DEL RIO GRANDE DE LA MAGDALENA – CORMAGDALENA

Que la vigencia sea la establecida por la entidad competente en cada caso en particular

Que la suma asegurada también sea la establecida por la entidad competente para cada caso en particular.

Que el objeto del Seguro, cubra el riesgo exigido por la entidad competente, en cada caso en particular.

Que el documento venga suscrito por las partes: Firma autorizada de la compañía de Seguros y Tomador.

4. LUGAR DONDE DEBE ACUDIR EL CIUDADANO

Para solicitar la aprobación del reglamento técnico el concesionario deberá presentarlo con oficio remisorio, en forma personal o por correspondencia firmada del solicitante, a la oficina de Gestión y Enlace de la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena – Cormagdalena, ubicada en la ciudad de Bogotá D.C., en la Calle 16 No. 9 – 64 piso 7 Edificio Officenter, Teléfonos: 6369108 – 636 9064 – 6369684 – 6369093 Fax: 6369052.

5. PRINCIPALES NORMAS QUE REGULAN EL TRÁMITE

Ley 1 de 1991

Resolución 113 de 1992 – Superintendencia General de Puertos

Resolución 33 de 1993 – Superintendencia General de Puertos

Decreto 708 de 1992

Ley 80 de 1993

6. OTROS DATOS SOBRE EL TRÁMITE:

6.1 LA DEPENDENCIA A LA QUE LE CORRESPONDE REALIZAR LA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DEL TRÁMITE

La Dirección Ejecutiva realiza la coordinación del trámite

6.2 EL CARGO QUE RESUELVE EL TRÁMITE

La Dirección Ejecutiva aprueba la póliza y la comunica al solicitante.

6.3 EL TIEMPO APROXIMADO PARA LA RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE

Tiempo aproximado del trámite 1 mes

6.4. CUANTO TRAMITES DE ESTE TIPO GESTIONA SU UNIDAD ADMINISTRATIVA AL AÑO

En la actualidad se tienen aproximadamente 30 trámites del mismo tipo.

Solicitud de una autorización temporal

INFORMACIÓN GENERAL DE TRÁMITES

ENTIDAD COMPETENTE: CORMAGDALENA

DEPENDENCIA: SUBDIRECCIÓN COMERCIAL

UNIDAD EJECUTORA: OFICINA DE GESTIÓN Y ENLACE

1. NOMBRE DEL TRÁMITE: Solicitud de una autorización temporal

2. EN QUE CONSISTE EL TRÁMITE:

Sí usted es una persona natural o jurídica, que antes de la promulgación de la Ley 1ª. de 1991, haya recibido autorización bajo cualquier nombre o régimen, para hacer uso de las márgenes del río y las zonas accesorias a aquellas o éstos, pagando la contraprestación económica que fije la entidad competente por el uso y goce de dichas zonas y por la infraestructura si la hubiere. El valor de la contraprestación por el uso y goce temporal y exclusivo de las zonas de uso público se establecerá aplicando la metodología establecida en el Plan de Expansión Portuaria respectivo y las disposiciones reglamentarias que estén vigentes al momento de radicar la solicitud, a este proceso se le llama autorización temporal. Para el cálculo de la contraprestación se tomará la información presentada en la solicitud de concesión portuaria.

3. REQUISITOS Y DOCUMENTOS A ALLEGAR POR EL SOLICITANTE:

En original y copia:

3.1 Inventario y avalúo comercial actualizado de la infraestructura portuaria, equipos e inmuebles por destinación que habitualmente se encuentren instalados en las zonas de uso público de propiedad de la Nación que se solicita, cuando a ello hubiere lugar. Dicho avalúo debe realizarlo una firma debidamente registrada ante la Lonja de Propiedad Raíz; en el evento que dentro de los bienes exista una nave, artefacto naval o plataforma flotante, el avalúo de éstos lo hará la DIMAR o una Sociedad Clasificadora reconocida por ésta.

3.2 Paz y Salvo por todo concepto con la Superintendencia General de Puertos hoy Superintendencia de Puertos y Transporte y con el Ministerio de Transporte, respecto de obligaciones derivadas del ejercicio de la operación portuaria anterior y/o actual. 

3.3 Si los terrenos adyacentes, son necesarios para realizar la actividad portuaria requerida, se deberá acreditar la disponibilidad de los mismos.

3.4 Fotocopia de la resolución que le otorgó el derecho de uso y goce de las zonas de uso público, expedido por la autoridad competente en su momento, antes de la entrada en vigencia de la Ley 1ª de 1991, cuando hubiere lugar a ello.

3.5 Si el peticionario es una persona jurídica: Original del Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por la Cámara de Comercio vigente y con una fecha de expedición no mayor a tres 3 meses y la duración de la sociedad estará sujeta a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 80 de 1993 y tener vigente la matrícula mercantil.

4. LUGAR DONDE DEBE ACUDIR EL SOLICITANTE: 

Para solicitar una Autorización Temporal el solicitante deberá presentar, en forma personal o por correspondencia firmada por el solicitante y reconocida notarialmente, a la oficina de Gestión y Enlace de la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena – Cormagdalena, ubicada en la

ciudad de Bogotá D.C., en la Calle 16 No. 9 – 64 piso 7 Edificio Officenter, Teléfonos: 6369108 – 636 9064 – 6369684 – 6369093 Fax: 6369052.

5. PRINCIPALES NORMAS QUE REGULAN EL TRÁMITE:

Ley 1ª. de 1991.

Decreto 708 de 1992 “ Por el cual se reglamentas las garantías”

Resolución 0095967 de 2001 “ Por la cual se expiden nuevas disposiciones en materia de autorización temporal para el uso y goce de zonas de uso público y se derogan las Resoluciones 0366 y 0919 de 1998 expedidas por la Superintendencia General de Puertos”

6. OTROS DATOS SOBRE EL TRÁMITE:

6.1 LA DEPENDENCIA A LA QUE LE CORRESPONDE REALIZAR LA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DEL TRÁMITE,

La Dirección Ejecutiva.

6.2 EL CARGO QUE RESUELVE EL TRÁMITE:

El Director Ejecutivo firma la resolución de aprobación o negación de la solicitud.

6.3 TIEMPO APROXIMADO PARA RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE.

Tiempo aproximado treinta 30 días.

6.4 TRÁMITES DE SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN TEMPORAL EN PROCESO

En la actualidad no se están resolviendo trámites del mismo tipo. Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena – Cormagdalena

Oferta oficiosa de una concesión portuaria

INFORMACIÓN GENERAL DE TRÁMITES

ENTIDAD COMPETENTE: CORMAGDALENA

DEPENDENCIA: SUBDIRECCIÓN COMERCIAL

UNIDAD EJECUTORA: OFICINA DE GESTIÓN Y ENLACE

1. NOMBRE DEL TRÁMITE: Oferta oficiosa de una concesión portuaria

2. EN QUE CONSISTE EL TRÁMITE:

Si usted es una persona natural o jurídica, interesada en participar en la entrega de una infraestructura portuaria que no esta siendo utlizada y además no ha sido solicitada en concesión, podrá ofertar para hacer uso y goce exclusivo de las Zonas de Uso Público y más específicamente las márgenes del río y zonas accesorias con el fin de desarrollar proyectos portuarios para atender naves mayores mas de 25 Toneladas de Registro Bruto. Para ello el oferente deberá, observando el siguiente orden, presentar:

3. REQUISITOS Y DOCUMENTOS A ALLEGAR POR EL PARTICULAR

En original y seis copias:

3.1 Propuesta de Concesión Portuaria, presentada en forma personal o con previo reconocimiento notarial de firmas.

3.2 Sí es persona natural, fotocopia de la cédula de ciudadanía.

3.3 Si se trata de una persona jurídica, el correspondiente certificado de existencia y representación legal en original y con una vigencia no mayor de tres 3 meses.

3.4 Si el proponente no es una Sociedad Portuaria, debe presentar una carta de intención para constituir dicha sociedad, suscrita por el solicitante y los eventuales socios, con indicación de los aportes respectivos. Los suscriptores de dicha carta de intención deberán hacer reconocer sus firmas por un notario.

3.5 La propuesta deberá precisar la ubicación exacta, linderos y extensión del terreno de zonas de uso público márgenes del río y zonas accesorias que solicita en concesión. De igual forma de requerirse terrenos adyacentes a los ofertados en la concesión para el desarrollo de proyectos deberá precisar la ubicación exacta, linderos y extensión y disponibilidad de los mismos:

3.5.1 Plano de localización sectorial de los predios donde se pretende desarrollar en el proyecto en plancha catastral IGAC correspondiente, en escala que permita su estudio.

3.5.2 Plano de levantamiento topográfico y batimétrico del proyecto especificando las Zonas de Uso Público solicitadas y los terrenos adyacentes, precisando ubicación, área, linderos y extensión. Las coordenadas deben estar referenciadas con el sistema de coordenadas del Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC.

3.6 Describir en forma general el proyecto, señalando sus especificaciones técnicas, modalidad de operación, volúmenes y clases de cargas a que se destinará el proyecto.

3.7 Descripción de la estructura de ingresos y egresos de la sociedad y sus proyecciones financieras debidamente sustentadas para los años de la concesión y de igual forma el monto discriminado de las inversiones necesarias para desarrollar el proyecto.

3.8 Informar si se prestarán servicios al público en general.

3.9 Presentar las garantías Pólizas o garantías bancarias que respalden el cumplimiento de las obligaciones de constituirse en una sociedad portuaria, cuando el oferente no lo sea, y que todas las obras necesarias para el cabal funcionamiento del puerto se iniciarán y terminarán en un plazo preciso. En caso de obtener la aprobación de la oferta y para el otorgamiento de la misma.

3.10 Presentar ejemplares, debidamente certificados de cuatro 4 avisos de prensa, publicados en la circulación nacional de dos periódicos distintos, dos 2 días distintos, con intervalos de 10 días hábiles entre cada publicación, los cuales deberán contener la información a que hace referencia el numeral 9.8 de la Ley 1 de 1991: “Acreditar que los datos a que se refiere los numerales 9.2, 9.3 y 9.4 así como el sentido general de la oferta…”

3.10.1 “9.2 Precisar la ubicación, linderos y extensión del terreno que se pretende ocupar con las construcciones y las zonas adyacentes de servicio.” Ley 1 de 1991.

3.10.2 “9.3 Describir en forma general el proyecto, señalando sus especificaciones técnicas, principales modalidades de operación, y los volúmenes y clase de carga a que se destinará. Ley 1 de 1991. 

3.10.3 “9.4 Informar si se prestarán o no servicios al público en general.” Ley 1 de 1991.

4. LUGAR DONDE DEBE ACUDIR EL CIUDADANO

Para ofertar una concesión, el oferente deberá presentar en forma personal o por correspondencia firmada por el oferente y reconocida notarialmente, a la la oficina de Gestión y Enlace de la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena – Cormagdalena, ubicada en la ciudad de Bogotá D.C., en la Calle 16 No. 9 – 64 piso 7 Edificio Officenter, Teléfonos: 6369108 – 636 9064 – 6369684 – 6369093 Fax: 6369052.

5. PRINCIPALES NORMAS QUE REGULAN EL TRÁMITE

Ley 1 de 1991

Decreto 838 de 1992

Plan de expansión vigente

Decreto 708 de 1992

6. OTROS DATOS SOBRE EL TRÁMITE:

6.1 LA DEPENDENCIA A LA QUE LE CORRESPONDE REALIZAR LA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DEL TRÁMITE

La Dirección Ejecutiva realiza la coordinación del trámite

6.2 EL CARGO QUE RESUELVE EL TRÁMITE

El Director Ejecutivo firma la resolución de aprobación o negación de la oferta.

6.3 EL TIEMPO APROXIMADO PARA LA RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE

Tiempo aproximado del trámite 5 meses

6.4. CUANTO TRAMITES DE ESTE TIPO GESTIONA SU UNIDAD ADMINISTRATIVA AL AÑO

En la actualidad no se tiene ningún trámite de este tipo.

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